Explicó que, tanto el Banco Central de Colombia como el de Venezuela, acordarán definir “cómo vamos a armonizar la frontera”
Dijo que la resolución externa número 8, del año 2000, fue emitida por la Cámara de Comercio y aprobada por el Banco Central de Colombia, la cual “establece el intercambio directo de monedas con los países vecinos (Ecuador y Venezuela), a través de las casas de cambio en la frontera”.
Según el mandatario tachirense, dicha resolución permite una doble legislación sobre el intercambio de monedas, una legislación oficial establecida por el Banco Central de Colombia y otra legislación solo para las fronteras.
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