
Caracas, 09 de enero de 2017.- En los últimos días algunos voceros políticos de la oposición venezolana han señalado públicamente la posibilidad de declarar el supuesto “abandono del cargo” del Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, por acuerdo de la mayoría de diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, aún cuando el Jefe de Estado se encuentra en ejercicio pleno de sus atribuciones constitucionales.
Por ello el Tribunal Supremo de Justicia con el firme propósito de mantener la paz, el orden constitucional y la estabilidad democrática de la Nación, invoca el contenido de la sentencia N° 948 de la Sala Constitucional con fecha 15 de noviembre de 2016, basada en el artículo 336° de la Constitución y a su jurisprudencia, ordena a las diputadas y diputados de la Asamblea Nacional abstenerse de continuar el procedimiento de declaratoria de “responsabilidad política” contra el Presidente de la República y, en definitiva, de dictar cualquier tipo de acto que se encuentre al margen de sus atribuciones constitucionales.
Adicionalmente la referida sentencia destaca especialmente la prohibición a los diputados y diputadas de “convocar y realizar actos que alteren el orden público; instigaciones contra autoridades y poderes públicos, así como otras actuaciones al margen de los derechos constitucionales y del orden jurídico”.
Finalmente el Tribunal Supremo de Justicia hace un llamado a utilizar la vía del diálogo como herramienta fundamental para dirimir las diferencias políticas y, en especial, para cumplir los deberes y fines constitucionales, en función de garantizar la construcción de una sociedad justa y amante de la paz, y de procurar la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo.
Fuente: VTV
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